lunes, 15 de julio de 2013

La mutilación genital femenina

La mutilación genital femenina es un proceso por el cual se le extirpa el clítoris a la mujer con el propósito de eliminar las sensaciones sexuales, disminuyendo la posibilidad de que las mujeres violen la moralidad sexual virgen. Esto es una cuestión más bien cultural ya que la clitoridectomia mayormente es realizada en países de África y de Oriente próximo.

Estos países tienen creencias muy extremas, solo para que el hombre esté seguro de que su esposa se guardó durante su soltería se le realiza esta mutilación, privando a la mujer del disfrute de tener relaciones sexual y llegar a ese nivel de excitación máxima como lo es el orgasmo. Pero esto no solo se reduce a no tener placer, que hay con la posibilidad de que estas queden estériles y el dolor tan inmenso que siente en el proceso de recuperación. El problema radica en un sistema que ha brutalizado y politizado los procedimientos médicos para ponerlos al servicio de una forma de control sexual. Una vez más se puede notar como la mujer lleva las de perder en una cultura machista e irracional.



Solo se puede decir que el mundo esta evolucionando y con el tiempo las culturas se van perdiendo, las mentes se van abriendo a la realidad y despierta en un mundo más liberal o tal vez  demasiado liberar. A un mundo sin valores y sin creencias que respetar.

jueves, 11 de julio de 2013

Relacion de la salud con las clases sociales (La vida y la muerte estarán condicionadas por la situación económica del hombre).

Clase social y desigualdades de salud:

En el Reino Unido se llevó a cabo el estudio más importante sobre desigualdades de salud, llamado el Informe Black. Este estudio surgió a través de la duda de ¿Por qué existe una relación entre la desigualdad social y la salud? este mismo informe explora  4 tipos de explicaciones:
  • Problemas estadísticos: las dificultades que se presentan en estadística para medir la clase social hacen que sus resultados no sean fiables.
  • Explicaciones de selección natural: el estado de salud de un individuo influye en la posición que ocupa en la estructura de la clase. Los que tiene buena salud se encuentran en puestos altos, mientras que los que tienen peor salud ocupan puestos bajos.
  • Explicaciones materialistas: La pobreza, la contaminación, los bajos niveles de renta, la infravivienda, son los aspectos que determinan el estado de salud de un individuo.
  • Las explicaciones culturales: los diferentes estilos de vida, que determinan el estado de salud del individuo.

Este informe realmente nos da a entender que las clases sociales si afectan de una forma directa en la salud del individuo, ya que muchos son los casos en nuestro país y otros más de que a las personas pobres por no tener seguro  se les da un mal trato o se les deja para último, también las condiciones de muchas clínicas son infrahumanas. El hábito en algunas clases afecta a la persona ya que muchos niñ@s pobres caminan descalzos por la calle o desnudos siendo más propensos a adquirir  enfermedades.

   
 

jueves, 4 de julio de 2013

Ley orgánica de educación de la República Dominicana


Ley General de Educación 66-97
 Ley Orgánica de Educación de la República Dominicana
 EL congreso nacional en Nombre de la República
Ha dado la siguiente ley
Ley No. 66-97
Título I
Consideraciones generales
 Capítulo I
Del objeto y alcance de la ley
Art. 1.- La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional.
Párrafo.- Los asuntos específicos relacionados con la Educación Superior de leyes especiales, complementarias a la presente ley.
Art. 2.- A partir de la promulgación de la presente ley la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos se denominará Secretaría de Estado de Educación y Cultura.
Art. 3.- Esta ley regula las atribuciones de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura como representante del Estado en materia de la educación, de la cultura y del desarrollo científico y tecnológico del país en el ámbito de su jurisdicción.
 CAPÍTULO II
PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN DOMINICANA
Art. 4.- La educación dominicana se fundamenta en los siguientes principios:
a.            La educación es un derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para hacer efectivo su cumplimiento, cada persona tiene derecho a una educación integral que le permita el desarrollo de su propia individualidad y la realización de una actividad socialmente útil; adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza;
b.            Toda persona tiene derecho a participar de la vida cultural y a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;
c.            La educación estará basada en el respeto a la vida, el respeto a los derechos fundamentales de la persona, al principio de convivencia democrática y a la búsqueda de la verdad y la solidaridad;
d.            La educación dominicana se nutre de la cultura nacional y de los más altos valores de la humanidad y está a su servicio para enriquecerlos;
e.            Todo el sistema educativo dominicano se fundamenta en los principios cristianos evidenciados por el libro del Evangelio que aparece en el Escudo Nacional y en el lema "Dios, Patria y Libertad";
f.             El patrimonio histórico, cultural, científico y tecnológico universal, y el propio del país, son fundamentos de la educación nacional;
g.            La familia, primera responsable de la educación de sus hijos, tiene el deber y el derecho de educarlos. Libremente, decidirá el tipo y la forma de educación que desea para sus hijos;
h.            La educación, como medio de del desarrollo individual y factor primordial del desarrollo social, es un servicio de interés público nacional, por lo que es una responsabilidad de todos. El Estado tiene el deber y la obligación de brindar igualdad de oportunidad de educación en cantidad y calidad, pudiendo ser ofrecida por entidad gubernamentales y no gubernamentales, con sujeción a los principios y normas establecidas en la presente ley;
i.             La educación dominicana se fundamenta en los valores cristianos, éticos, estéticos, comunitarios, patrióticos, participativos y democráticos en la perspectiva de armonizar las necesidades colectivas con las individuales;
j.             Es obligación del Estado, para hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades educativas para todas las personas, promover políticas y proveer los medios necesarios al desarrollo de la vida educativa, a través de apoyos de tipo social, económico y cultural a la familia y al educando, especialmente de proporcionar a los educandos las ayudas necesarias para superar las carencias de tipo familiar y socio-económico;
k.            La libertad de educación es un principio fundamental del sistema educativo dominicano, de conformidad con las prescripciones de la Constitución;
l.             Los gastos en educación constituyen una inversión de interés social del Estado;
ll.            La nutrición y la salud en general son determinantes básicos para el rendimiento escolar, por lo que el Estado fomentará la elevación de las mismas;
m.          Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación apropiada y gratuita, incluyendo a los superdotados, a los afectados físicos y a los alumnos con problemas de aprendizaje, los cuales deberán recibir una educación especial;
n.            La educación utilizará el saber popular como una fuente de aprendizaje y como vehículo para la formación de acciones organizativas, educativas y sociales, y lo articulará con el saber científico y tecnológico para producir una cultura apropiada al desarrollo a escala humana. El eje para elaboración de estrategias, políticas, planes, programas y proyectos en el área educativa será la comunidad y su desarrollo;
ñ.            El sistema educativo tiene como principio básico la educación permanente. A tal efecto, el sistema fomentará en los alumnos desde su más temprana edad el aprender por sí mismos y facilitará también la incorporación del adulto a distintas formas de aprendizaje.
Art. 5.- La educación dominicana sustenta los siguientes fines:
Formar personas, hombres y mujeres, libres, críticos y creativos, capaces de participar y constituir una sociedad libre, democrática y participativa, justa y solidaria; aptos para cuestionarla en forma permanente; que combinen el trabajo productivo, el servicio comunitario y la formación humanística, científica y tecnológica con el disfrute del acervo cultural de la humanidad, para contribuir al desarrollo nacional y a su propio desarrollo;
Formar ciudadanos amantes de su familia y de su Patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y de sus libertades, con un profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana;
Educar para el conocimiento de la dignidad y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres;
Crear y fortalecer una conciencia de identidad de valoración e integración nacional, en un marco de convivencia internacional, enalteciendo los derechos humanos y las libertades fundamentales, procurando la paz universal con base en el reconocimiento y respeto de los derechos de las naciones;
Formar para la comprensión, asimilación y desarrollo de los valores humanos y trascendentes: intelectuales, morales, éticos, estéticos y religiosos;
Formar recursos humanos calificados para estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional basada en la eficiencia y en la justicia social.
Art. 6.- Para el cumplimiento de los anteriores principios y fines, la educación dominicana procurará los siguientes propósitos:
En el orden de la calidad de vida:
Promover la conservación, el desarrollo y la difusión del patrimonio científico y tecnológico y de los valores culturales del país y sus regiones, así como los universales, de tal modo que se armonicen tradición e innovación;
Promover en la población una conciencia de la protección y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como de la defensa de la calidad del ambiente y el equilibrio ecológico;
En el orden de la democratización:
Fomentar la igualdad en oportunidades de aprendizaje y la equidad en la prestación de servicios educacionales;
Propiciar la colaboración y confraternidad entre los dominicanos y el conocimiento y práctica de la democracia participativa como forma de convivencia, que permita a todos los ciudadanos ejercer el derecho y el deber de intervenir activamente en la toma de decisiones orientadas al bien común;
Fomentar una actitud que favorezca la solidaridad y la cooperación internacional basada en un orden económico y político justo, convivencia pacífica y la comprensión entre los pueblos;
En el orden pedagógico:
Fortalecer la interacción entre la vida educativa y la vida de la comunidad, así como el mejoramiento de la salud mental, moral y física de los estudiantes y la colectividad;
Fortalecer los buenos hábitos personales del aprendizaje, que permitan el dominio efectivo de los códigos culturales básicos, acceder a la información, pensar y expresarse con claridad, cuidarse a sí mismo y relacionarse armónicamente con los demás y con su medio ambiente;
Fomentar la apropiación de los conocimientos y técnicas de acuerdo con el desarrollo                  bio-psicosocial de los educandos;
Crear un ambiente de enseñanza y aprendizaje propicio para el desarrollo del talento en todas sus formas, de la creatividad en todas sus manifestaciones y de la inteligencia en todas sus expresiones;
Propiciar que el desarrollo de capacidades, actitudes y valores sean fomentados respetando las diferencias individuales y el talento particular de cada estudiante.
 CAPÍTULO III
FUNCIONES DEL ESTADO EN LA EDUCACIÓN, CIENCIA Y CULTURA
Art. 7.- El Estado tiene como finalidad primordial promover el bien común, posibilitando la creación de las condiciones sociales que permitan a los integrantes de la comunidad nacional alcanzar mayor realización personal, espiritual, material y social. Entre las actividades específicas que conllevan a la creación de estas condiciones, está la educación, la cual debe promoverse integralmente e impartirse al más alto nivel de pertinencia, calidad y eficacia, a fin de asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional. Compete al Estado ofrecer educación gratuita en los niveles inicial, básico y medio a todos los habitantes del país.
Art. 8.- Competen al Estado las siguientes funciones en materia de educación, ciencia y cultura:
a.            Promover, establecer, organizar, dirigir y sostener los servicios educativos, científicos, tecnológicos, culturales y artísticos de acuerdo con las necesidades nacionales;
b.            Favorecer la formación permanente de las personas en correspondencia con los requerimientos de desarrollo integral, individual y colectivo;
c.            Fortalecer y mejorar la enseñanza de la ciencia y la tecnología en todos los niveles educativos, educando para el mejor uso de ellas y para evitar que las mismas impacten negativamente en las personas y en el medio ambiente;
d.            Fortalecer la interacción de las ciencias sociales y humanas, la filosofía y las artes, con las ciencias exactas y naturales, en la totalidad de la cultura y en la perspectiva del desarrollo humano;
e.            Fortalecer los sistemas nacionales de recolección, tratamiento y difusión de la información humanística, científica y tecnológica;
f.             Garantizar la libre circulación y la difusión equilibrada de la información científica y tecnológica;
g.            Promover y fortalecer los programas de investigación científica, tecnológica y educativa en estrecha colaboración con las instituciones nacionales e internacionales, gubernamentales y no gubernamentales;
h.            Propiciar la formación e información sobre riesgos naturales de orígenes diversos, su evaluación y la forma de atenuar sus efectos;
i.             Fomentar la adecuada utilización de las fuentes de energía, propiciar la capacitación científica especializada sobre tecnologías de producción de energía eficientes;
j.             Promover la investigación, conservación, difusión y ampliación del patrimonio histórico, natural y cultural del país;
k.            Velar por el fortalecimiento permanente de la cultura e identidad nacional;
l.             Reconocer y utilizar todas las oportunidades educativas que ofrece el entorno para convertirlas en espacio cultural y las diversas situaciones de la vida cotidiana, que puedan convertirse en motivo de aprendizaje, intercambio, reflexión y enriquecimiento;
ll.            Garantizar el establecimiento de programas dirigidos al desarrollo permanente de nuestros valores autóctonos.
Art. 9.- Son también obligaciones del Estado, en lo relacionado con la tarea educativa:
Otorgar especial protección al ejercicio del derecho a la educación y a la libertad de enseñanza;
Garantizar y fomentar el desarrollo de la educación en todos los niveles y modalidades;
Ofrecer, con carácter de prioridad, enseñanza completa en el nivel de educación básica a todos los niños en edad escolar;
Garantizar una educación gratuita que permita que toda la población tenga igual posibilidad de acceso a todos los niveles y modalidades de la educación pública;
Contribuir al financiamiento y desarrollo de la educación vocacional, formación profesional, educación técnico-profesional y la educación superior;
Brindar ayuda técnica y material a las instituciones privadas de interés público;
Facilitar y financiar la formación y actualización de los maestros en todos los niveles y modalidades;
Estimular la creación artística y el disfrute de los valores estéticos;
Supervisar la educación pública y privada.
 CAPÍTULO IV
DE LA LIBERTAD DE APRENDIZAJE Y ENSEÑANZA
Art. 10.- De acuerdo a la Constitución de la República se garantiza a la persona tanto el derecho a aprender como la libertad de enseñanza.
Art. 11.- El sistema educativo respetará la libertad de educadores y educandos para sustentar criterios racionales en la búsqueda de la verdad.
Art. 12.- La libertad de educación reconoce el derecho de los ciudadanos a escoger para sí o para las personas bajo su tutela el establecimiento educativo de su preferencia. Los padres o los tutores pueden escoger para sus hijos o pupilos, escuelas distintas de las creadas por el Estado.
Art. 13.- Además de la educación que imparte el Estado, se reconoce la operación de centros de enseñanza privada con establecimientos educativos acreditados o coauspiciados por el Estado. Para acceder a estos derechos los centros educativos privados deberán cumplir con las disposiciones jurídicas pertinentes.
Art. 14.- Toda persona en el pleno uso de sus derechos civiles y políticos, así como las personas morales, podrán fundar establecimientos educativos, siempre que cumplan con los requisitos de la presente ley y bajo la supervisión del Estado.
Art. 15.- El Estado ejercerá supervisión de los centros educativos privados dentro de los términos que se fijen en el ordenamiento jurídico. Las normas que se dicten para las instituciones educativas privadas nunca deberán establecer exigencias superiores a las que rijan para las instituciones públicas.
Art. 16.- Todos los centros docentes deberán reunir unos requisitos mínimos para impartir las enseñanzas con garantía de calidad. El Consejo Nacional de Educación reglamentará dichos requisitos. Los requisitos mínimos se referirán a titulación académica del profesorado, relación numérica alumno-profesor, instalaciones docentes y deportivas y número de puestos escolares.
Párrafo.- En caso de desastre natural o de aislamiento geográfico que impidan cumplir los requisitos mínimos que se establezcan en este artículo, la Secretaría de Educación y Cultura puede autorizar de manera temporal y mientras duren las circunstancias el funcionamiento de centros docentes en las áreas afectadas.
Art. 17.- En los centros docentes, públicos o privados, no se podrá llevar a cabo, ni promover, ningún tipo de actividad político-partidista. Sus funcionarios docentes o de cualquier tipo, no podrán ejercer el activismo político en los recintos escolares y, mucho menos, involucrar a los alumnos en este tipo de actividades.
Párrafo.- Esta disposición no disminuye ni limita en modo alguno, los derechos políticos consagrados constitucionalmente y reconocidos por esta ley como condición indispensable para el ejercicio de una ciudadanía responsable.
Art. 18.- En los centros docentes públicos y privados, de los niveles inicial, básico y medio no se portará armas de ningún tipo.
 CAPÍTULO V
DE LAS FUNCIONES DE LA COMUNIDAD,
LA FAMILIA Y EL SECTOR PRIVADO EN EDUCACIÓN
Art. 19.- Corresponde a la comunidad contribuir al desarrollo y mejoramiento de la educación y velar porque sus miembros desplieguen sus capacidades para alcanzar el desarrollo integral, individual y social.
Art. 20.- La familia tiene la obligación de escolarizar a sus hijos en la edad escolar definida en la presente ley e interesarse por el avance de sus hijos en la escuela, apoyar los esfuerzos de los maestros para que reciban una buena educación y crear en ellos una actitud positiva hacia el estudio y de respeto por el conocimiento.
 Los padres y la comunidad tienen el deber de ayudar a la escuela, de acuerdo con sus posibilidades y capacidades intelectuales, humanas y económicas, dentro de un espíritu de cooperación y solidaridad.
 La familia ha de asumir fuera de la escuela la mayor responsabilidad posible en cuanto la educación moral y ciudadana.
Art. 21.- En todos los centros escolares se fomentará la participación de la comunidad educativa en la gestión de la escuela y en la solución de los problemas, tanto de la escuela como de la comunidad a la que sirve.
 CAPÍTULO VI
DE LA ENSEÑANZA MORAL Y RELIGIOSA
Art. 22.- Los padres o los tutores tienen el derecho de que sus hijos o pupilos reciban la educación moral y religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
Art. 23.- La enseñanza moral y religiosa se guiará con sujeción a los preceptos constitucionales y a los tratados internacionales de los cuales el Estado Dominicano es signatario.
Art. 24.- Las escuelas privadas podrán ofrecer formación religiosa y/o moral, de acuerdo con su ideario pedagógico, respetando siempre la libertad de conciencia y la esencia de la dominicanidad.
Art. 25.- Los alumnos de planteles públicos recibirán enseñanza religiosa como se consigna en el currículo y en los Convenios Internacionales. A tales fines y de acuerdo con las autoridades religiosas competentes se elaborarán los programas que se aplicarán a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos.
Art. 26.- El Consejo Nacional de Educación tendrá a su cargo reglamentar todo lo relativo a la aplicación de estas disposiciones.


miércoles, 3 de julio de 2013

La educación

La educación

El derecho a la educación es un derecho humano reconocido y se entiende como el derecho a una educación primaria gratuita obligatoria para todos los niños, una obligación a desarrollar unaeducación secundaria accesible para todos los jóvenes (sin distinción racial), como también un acceso equitativo a la educación superior, y una responsabilidad de proveer educación básica a los individuos que no han completado la educación primaria. Adicionalmente a estas previsiones sobre acceso a la educación abarca también la obligación de eliminar la discriminación en todos los niveles del sistema educativo, fijar estándares mínimos y mejorar la calidad.
La primera Relatora Especial de la Organización de las Naciones Unidas sobre el derecho a la educación, Katarina Tomasevski, habla de cuatro dimensiones de este derecho. El esquema de 4-A (Available, Accesible, Acceptable, Adaptable) del derecho a la educación brinda un marco conceptual para fijar las obligaciones de los gobiernos sobre el derecho a la educación: generar educación disponible, accesible, aceptable, y adaptable figura igualmente en la Observación general número 13 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas). Siempre realista,Tomasevski agrega "una quinta A" (afordable): realizable, porque reconoce que "Ningún gobierno puede ser obligado legalmente a hacer lo imposible [1]
El marco conceptual brinda no sólo un conjunto de indicadores claves para la gestión de la educación, sino también un esquema de monitoreo en el marco del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Este derecho está contenido en numerosos tratados internacionales de derechos humanos pero su formulación más extensa se encuentra en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, ratificado por casi todos los países del mundo. El Pacto en su artículo 13 reconoce el derecho de toda persona a la educación.
Etapas de expansión
El derecho a la educación es un derecho humano que tiene como finalidad establecer una educación primaria para todos los niños y niñas, desarrollar una educación secundaria accesible progresivamente a todos los niños y niñas y el acceso a la educación superior en función de los méritos. Este derecho impone al Estado la obligación de dar una educación básica a las personas que no hayan recibido la educación primaria. Además del acceso, el derecho a una educación implica la obligación de eliminar discriminación a todos los niveles del sistema educativo para establecer estándares mínimos y mejorar la calidad.
Katarina Tomasevski explicó que la concretización del derecho a la educación es un proceso continuo que pasa ordinariamente por cuatro fases:
1.    Reconocimiento de la educación como derecho,
2.    Segregación de ciertas categorías : mujeres, indígenas, etc,
3.    Paso de la segregación a la asimilación por la vía de la integración,
4.    Adaptación a la diversidad. (K. Tomasevski, Informe a la Comisión de Derechos Humanos, 2002, par. 28)
Características esenciales del derecho a la educación
Como ya hemos dicho son cuatro:
·         Disponibilidad: Debe haber escuelas o instituciones educativas que cubran la totalidad de la población.
·         Aceptabilidad: Los programas de estudio tienen que ser adecuados culturalmente y de buena calidad, aceptables por los titulares del derecho: alumnos y padres.
·         Adaptabilidad: Esto significa que los programas deben adecuarse a los cambios de la sociedad.
·         Accesibilidad: No se puede prohibir el acceso a la educación ya sea por color de piel o religión que ejerza o por razones culturales o físicas.
Implementación
Las leyes internacionales no se manifiestan al respecto de la educación pre-primaria, y por lo general los documentos legales omiten este ítem.2 A pesar de que los chicos son considerados los principales beneficiarios del derecho a la educación, la Declaración Universal de los Derechos Humanos declara que todos tienen derecho a recibir educación.3
El derecho a la educación se divide en tres áreas:
·         Educación primaria. Debe ser obligatoria y gratuita para cualquier niño sin importar su nacionalidad, género, lugar de nacimiento o cualquier otro tipo de discriminación.
·         Educación secundaria. Debe estar disponible y ser accesible.
·         Educación superior (nivel terciario, universitario). Debe proveerse de acuerdo a las capacidades, es decir, cualquiera que alcance los niveles académicos necesarios debe poder acceder a una educación superior.
Tanto la educación secundaria como la superior, deben hacerse accesibles "por todos los medios posibles, particularmente mediante la inclusión progresiva de la educación libre".

Rol del Estado
La función pública de la educación es considerada un tema de la más alta relevancia. Desde 1966 a partir del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el Estado es considerado el responsable de proveer la estructura y los recursos presupuestarios y regulatorios para garantizar la educación.





Libertad de enseñanza
El derecho a la educación incluye dos dimensiones: una de prestación y otra de libertad. Esta segunda dimensión se conoce como libertad de enseñanza.
Las normas: Declaraciones y Convenios internacionales
La Declaración Universal de Derechos Humanos proclama, en su artículo 26: "3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos". El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reafirma los mismos elementos: "3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres (...) de escoger para sus hijos (...) escuelas distintas de las creadas por las autoridades públicas, siempre que aquéllas satisfagan las normas mínimas que el Estado prescriba o apruebe en materia de enseñanza, y de hacer que sus hijos (...) reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 4. Nada de lo dispuesto en este artículo se interpretará como una restricción de la libertad de los particulares y entidades para establecer y dirigir instituciones de enseñanza, a condición de que se respeten los principios enunciados en el párrafo 1 y de que la educación dada en esas instituciones se ajuste a las normas mínimas que prescriba el Estado" ( art. 13).
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se refiere también a la libertad de los padres en el contexto del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión :"1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye (...) la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza. (…). 4. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres (...) para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones" (art. 18).
El Protocolo nº 1 a la Convención Europea de Derechos Humanos dice: "El Estado, en el ejercicio de las funciones que asuma en el campo de la educación y de la enseñanza, respetará el derecho de los padres a asegurar esta educación y esta enseñanza conforme a sus convicciones religiosas y filosóficas" (art. 2).
Por último, un texto que no tienen el mismo valor jurídico, la Resolución sobre la libertad de enseñanza en la Comunidad Europea (1984), incorpora los textos esenciales de la ONU, puntualizando que la libertad de elección de los padres no debe ser limitada por razones financieras; los poderes públicos deben subvencionar las escuelas no estatales: "El derecho a la libertad de enseñanza implica la obligación de los Estados Miembros de hacer posible asimismo en el plano financiero el ejercicio práctico de ese derecho y conceder a las escuelas las subvenciones públicas necesarias para ejercer su misión y cumplir sus obligaciones en condiciones iguales a aquellas de que disfrutan los establecimientos públicos correspondientes".(párr. 9).



lunes, 24 de junio de 2013

¿Sabías que?

El libro de Richard Halliburton, Second Bool of Marvels, publicado en 1938, afirmaba que la Gran Muralla China es la única construcción humana visible desde la Luna, y la publicación de Ripley Aunque usted no lo crea de la misma década, aseguraba algo parecido. 

Esta creencia ha persistido, y ha adquirido un estatus de leyenda urbana, e incluso se ha incluido en libros escolares. Arthur Waldron, autor de la historia más fiable de la Gran Muralla, ha especulado que la creencia puede provenir de la fascinación con los “canales” que se creía que existían en Marte. (La lógica era simple: si los terrícolas podían ver los canales de Marte, entonces los marcianos podrían ver la Gran Muralla) 

De hecho, la Gran Muralla tiene únicamente pocos metros de ancho -de un tamaño aproximado al de las pistas de carreteras y aeropuertos- y es casi del mismo color que el suelo que la rodea. No es posible verla desde la distancia de la Luna, y mucho menos desde Marte. Si la Gran Muralla fuera visible desde la Luna, sería fácil verla desde la órbita terrestre, pero desde ahi es apenas visible y únicamente bajo condiciones climáticas perfectas. No es más visible que otras construcciones humanas. 
El Astronauta William Pogue pensó que la había visto desde el Skylab, pero descubrió que de hecho estaba mirando el Gran Canal de China, cerca de Beijing. Vió la Gran Muralla con binoculares, pero dijo que “no era visible para el ojo desnudo”. El senador Jake Garn afirmó que pudo ver la Gran Muralla sin ayuda de binoculares desde la orbita de un transbordador espacial en los 80, pero su afirmación ha sido puesta en duda por varios astronautas norteamericanos. El astronauta Chino Yang Liwei dijo que no pudo verla en absoluto. 

El astronauta veterano Gene Cernan dijo: “En una órbita terrestre de 160km a 320 km, la Gran Muralla de China es, ciertamente, visible para el ojo desnudo” Ed Lu, oficial de la Expedition 7 Science de la Estación Espacial Internacional añadió que la muralla “es menos visible que muchos otros objetos. Y tienes que saber hacia dónde mirar”. Neil amstrong afirmó: “No creo que, por lo menos con mis ojos, habría alguna construcción humana visible para mí. No he conocido a nadie que me haya dicho que han visto la Muralla China desde la órbita Terrestre. Le he preguntado a mucha gente, particularmente a gente del transbordador, que han orbitado varias veces sobre China durante el día, y aquellos con los que he hablado no la han visto” 

Leroy Chiao, un astronauta chino-norteamericano, hizo una fotografía desde la Estación Espacial Internacional que muestra la Muralla. Era tan indistinta que el fotógrafo no estaba seguro de haberla capturado. Basado en la fotografía, el periódico oficial Chino concluyó que “La Gran Muralla puede ser vista desde el espacio con el ojo desnudo, bajo condiciones favorables y si uno sabe exactamente dónde mirar” 

Los resultados inconsistentes sugieren que la visibilidad de la Gran Muralla depende en gran parte de las condiciones así como de la dirección de la luz (la iluminación oblicua ensancha las sombras). Características de la Luna que son muy visibles unas veces, pueden ser imperceptibles en otras debido a cambios en la dirección de la luz. Lo mismo podría ser cierto de la Gran Muralla China. 

Movimientos indígenas  

Que son los indígenas?
son la población descendiente de la población originaria del continente.Se les suele agrupar en “familias” de pueblos, que comparten una ubicación geográfica, algunos rasgos culturales y, en ciertos casos, una lengua y una historia común.

Diferentes nombre de indígenas dependiendo su nacionalidad.
Los aborígenes gaoshan de Taiwán, los Ainos de Japón.
los aborígenes australianos indígenas maoríes

Lengua indígenas
 La definición de la lengua indígena como dialecto es un prejuicio, una forma de discriminación que considera, erróneamente, que lenguas como el náhuatl o el otomí, por dar sólo dos de los miles de ejemplos que existen, son formas de comunicarse menos complejas y menos desarrolladas que el español o el inglés o el francés: la lengua indígena es tan compleja y tan rica como cualquier otra lengua del mundo, y dialecto se .

Movimiento
Hoy en día se ha retomado el problema indígena. Numerosos movimientos y organizaciones indígenas se han movilizado para alcanzar el reconocimiento de sus culturas, por ejemplo la educación intercultural y el derecho a la tierra. Es el caso del movimiento zapatista y del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).






Carta del Jefe Seattle al presidente de los Estados Unidos

Esta fue una carta en respuesta a la petición de presidente de los Estados Unidos de comprar las tierras del norte a una tribu llamada Suwamish.

El Gran Jefe Blanco de Wáshington ha ordenado hacernos saber que nos quiere comprar las tierras. El Gran Jefe Blanco nos ha enviado también palabras de amistad y de buena voluntad. Mucho apreciamos esta gentileza, porque sabemos que poca falta le hace nuestra amistad. Vamos a considerar su oferta pues sabemos que, de no hacerlo, el hombre blanco podrá venir con sus armas de fuego a tomar nuestras tierras. El Gran Jefe Blanco de Wáshington podrá confiar en la palabra del jefe Seattle con la misma certeza que espera el retorno de las estaciones. Como las estrellas inmutables son mis palabras.
¿Cómo se puede comprar o vender el cielo o el calor de la tierra? Esa es para nosotros una idea extraña.
Si nadie puede poseer la frescura del viento ni el fulgor del agua, ¿cómo es posible que usted se proponga comprarlos?
Cada pedazo de esta tierra es sagrado para mi pueblo. Cada rama brillante de un pino, cada puñado de arena de las playas, la penumbra de la densa selva, cada rayo de luz y el zumbar de los insectos son sagrados en la memoria y vida de mi pueblo. La savia que recorre el cuerpo de los árboles lleva consigo la historia del piel roja.
Los muertos del hombre blanco olvidan su tierra de origen cuando van a caminar entre las estrellas. Nuestros muertos jamás se olvidan de esta bella tierra, pues ella es la madre del hombre piel roja. Somos parte de la tierra y ella es parte de nosotros. Las flores perfumadas son nuestras hermanas; el ciervo, el caballo, el gran águila, son nuestros hermanos. Los picos rocosos, los surcos húmedos de las campiñas, el calor del cuerpo del potro y el hombre, todos pertenecen a la misma familia.
Por esto, cuando el Gran Jefe Blanco en Wáshington manda decir que desea comprar nuestra tierra, pide mucho de nosotros. El Gran Jefe Blanco dice que nos reservará un lugar donde podamos vivir satisfechos. Él será nuestro padre y nosotros seremos sus hijos. Por lo tanto, nosotros vamos a considerar su oferta de comprar nuestra tierra. Pero eso no será fácil. Esta tierra es sagrada para nosotros. Esta agua brillante que se escurre por los riachuelos y corre por los ríos no es apenas agua, sino la sangre de nuestros antepasados. Si les vendemos la tierra, ustedes deberán recordar que ella es sagrada, y deberán enseñar a sus niños que ella es sagrada y que cada reflejo sobre las aguas limpias de los lagos hablan de acontecimientos y recuerdos de la vida de mi pueblo. El murmullo de los ríos es la voz de mis antepasados.
Los ríos son nuestros hermanos, sacian nuestra sed. Los ríos cargan nuestras canoas y alimentan a nuestros niños. Si les vendemos nuestras tierras, ustedes deben recordar y enseñar a sus hijos que los ríos son nuestros hermanos, y los suyos también. Por lo tanto, ustedes deberán dar a los ríos la bondad que le dedicarían a cualquier hermano.
Sabemos que el hombre blanco no comprende nuestras costumbres. Para él una porción de tierra tiene el mismo significado que cualquier otra, pues es un forastero que llega en la noche y extrae de la tierra aquello que necesita. La tierra no es su hermana sino su enemiga, y cuando ya la conquistó, prosigue su camino. Deja atrás las tumbas de sus antepasados y no se preocupa. Roba de la tierra aquello que sería de sus hijos y no le importa.
La sepultura de su padre y los derechos de sus hijos son olvidados. Trata a su madre, a la tierra, a su hermano y al cielo como cosas que puedan ser compradas, saqueadas, vendidas como carneros o adornos coloridos. Su apetito devorará la tierra, dejando atrás solamente un desierto.
Yo no entiendo, nuestras costumbres son diferentes de las suyas. Tal vez sea porque soy un  salvaje y no comprendo.
No hay un lugar quieto en las ciudades del hombre blanco. Ningún lugar donde se pueda oír el florecer de las hojas en la primavera o el batir las alas de un insecto. Mas tal vez sea porque soy un hombre salvaje y no comprendo. El ruido parece solamente insultar los oídos.
¿Qué resta de la vida si un hombre no puede oír el llorar solitario de un ave o el croar nocturno de las ranas alrededor de un lago?. Yo soy un hombre piel roja y no comprendo. El indio prefiere el suave murmullo del viento encrespando la superficie del lago, y el propio viento, limpio por una lluvia diurna o perfumado por los pinos.
El aire es de mucho valor para el hombre piel roja, pues todas las cosas comparten el mismo aire -el animal, el árbol, el hombre- todos comparten el mismo soplo. Parece que el hombre blanco no siente el aire que respira. Como una persona agonizante, es insensible al mal olor. Pero si vendemos nuestra tierra al hombre blanco, él debe recordar que el aire es valioso para nosotros, que el aire comparte su espíritu con la vida que mantiene. El viento que dio a nuestros abuelos su primer respiro, también recibió su último suspiro. Si les vendemos nuestra tierra, ustedes deben mantenerla intacta y sagrada, como un lugar donde hasta el mismo hombre blanco pueda saborear el viento azucarado por las flores de los prados.
Por lo tanto, vamos a meditar sobre la oferta de comprar nuestra tierra. Si decidimos aceptar, impondré una condición: el hombre blanco debe tratar a los animales de esta tierra como a sus hermanos.
Soy un hombre salvaje y no comprendo ninguna otra forma de actuar. Vi un millar de búfalos pudriéndose en la planicie, abandonados por el hombre blanco que los abatió desde un tren al pasar. Yo soy un hombre salvaje y no comprendo cómo es que el caballo humeante de hierro puede ser más importante que el búfalo, que nosotros sacrificamos solamente para sobrevivir.
¿Qué es el hombre sin los animales? Si todos los animales se fuesen, el hombre moriría de una gran soledad de espíritu, pues lo que ocurra con los animales en breve ocurrirá a los hombres. Hay una unión en todo.
Ustedes deben enseñar a sus niños que el suelo bajo sus pies es la ceniza de sus abuelos. Para que respeten la tierra, digan a sus hijos que ella fue enriquecida con las vidas de nuestro pueblo. Enseñen a sus niños lo que enseñamos a los nuestros, que la tierra es nuestra madre. Todo lo que le ocurra a la tierra, le ocurrirá a los hijos de la tierra. Si los hombres escupen en el suelo, están escupiendo en sí mismos.
Esto es lo que sabemos: la tierra no pertenece al hombre; es el hombre el que pertenece a la tierra. Esto es lo que sabemos: todas la cosas están relacionadas como la sangre que une una familia. Hay una unión en todo.
Lo que ocurra con la tierra recaerá sobre los hijos de la tierra. El hombre no tejió el tejido de la vida; él es simplemente uno de sus hilos. Todo lo que hiciere al tejido, lo hará a sí mismo.
Incluso el hombre blanco, cuyo Dios camina y habla como él, de amigo a amigo, no puede estar exento del destino común. Es posible que seamos hermanos, a pesar de todo. Veremos. De una cosa estamos seguros que el hombre blanco llegará a descubrir algún día: nuestro Dios es el mismo Dios.
Ustedes podrán pensar que lo poseen, como desean poseer nuestra tierra; pero no es posible, Él es el Dios del hombre, y su compasión es igual para el hombre piel roja como para el hombre piel blanca.
La tierra es preciosa, y despreciarla es despreciar a su creador. Los blancos también pasarán; tal vez más rápido que todas las otras tribus. Contaminen sus camas y una noche serán sofocados por sus propios desechos.
Cuando nos despojen de esta tierra, ustedes brillarán intensamente iluminados por la fuerza del Dios que los trajo a estas tierras y por alguna razón especial les dio el dominio sobre la tierra y sobre el hombre piel roja.
Este destino es un misterio para nosotros, pues no comprendemos el que los búfalos sean exterminados, los caballos bravíos sean todos domados, los rincones secretos del bosque denso sean impregnados del olor de muchos hombres y la visión de las montañas obstruida por hilos de hablar.